• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Córdoba
  • Ponente: CRISTINA MIR RUZA
  • Nº Recurso: 722/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: EMILIO RAMON VILLALAIN RUIZ
  • Nº Recurso: 652/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: LEONOR ANGELES CUENCA GARCIA
  • Nº Recurso: 332/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: EMILIO RAMON VILLALAIN RUIZ
  • Nº Recurso: 532/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ
  • Nº Recurso: 551/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO .- Por la representación del Sr. Everardo se instó demanda frente a la entidad BBVA explicando que con fecha 16 de Octubre de 2.006 suscribió con la entidad PROCOBAR un contrato de compraventa de una vivienda en construcción cuya entrega estaba prevista para el segundo trimestre del año 2-007, en fecha 15 de Octubre un día antes de la firma del contrato de compraventa se suscribió un contrato de reserva de ese inmueble. El precio pactado de compraventa fue de 132.160 € que se abonarían en la forma que desglosaba. Pagos que debían realizarse, por contrato, en la cuenta del BBVA que la Promotora tenía abierta. El actor en diversas fechas anticipó a cuenta del precio final la cantidad total de 42.447,44 €. Las cantidades se ingresaron en la cuenta perteneciente a ATLAS INTERNACIONAL quien actuaba en representación de los clientes extranjeros (el actor es de nacionalidad sueca), entidad esta última que se encargaba a su vez de ingresar esas cantidades en la cuenta que PROCOBAR S.A. tenía abierta a ese fin en el BBVA indicando la referencia de la vivienda y del comprador. Finalmente señalaba que por motivos ajenos al demandante la promoción nunca fue entregada mientras que la empresa promotora dejó abandonada la promoción (su actividad) habiendo sido declarada judicialmente en Concurso Voluntario. Ejercitaba la pretensión al amparo de lo dispuesto en la Ley 57/1968. Instaba la condena de la entidad demandada al reintegro de la cantidad de 39.447,43 €.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: IÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
  • Nº Recurso: 365/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: IÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
  • Nº Recurso: 253/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: EMILIO RAMON VILLALAIN RUIZ
  • Nº Recurso: 571/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vitoria-Gasteiz
  • Ponente: EMILIO RAMON VILLALAIN RUIZ
  • Nº Recurso: 558/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ
  • Nº Recurso: 514/2019
  • Fecha: 14/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- Por la entidad Banco CETELEM SA se interpuso en su día petición de procedimiento monitorio y ante la oposición que se formulara al mismo se instó demanda de procedimiento ordinario y frente a D. Ángel Jesús en reclamación de 7.071,41 € de principal derivado, en sucinta exposición, de la línea de crédito, concedida junto al préstamo a favor del demandado y, que por conocidas no son necesarias reiterar, bajo las condiciones determinadas en el mismo. Determinado el incumplimiento señalaba y conforme a la documentación que expresaba era el demandado en adeudar la cantidad explicitada.

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